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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
802816
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 187

LEGITIMA DEFENSA.

[J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 187

Precedentes

Volumen XII, página 153. Amparo directo 6365/56. Epigmenio de Eulogio. 12 de julio de 1957. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne. Volumen XII, página 151. Amparo directo 2500/57. Hermenegildo Soto González. 9 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne. Volumen VI, página 176. Amparo directo 1692/55. Lucas Basilio. 4 de septiembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Volumen IX, página 82. Amparo directo 6639/56. Felipe Tintor Barrera. 13 de marzo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Volumen X, página 82. Amparo directo 1944/57. Valentín Pasarón Juárez. 11 de abril de 1958. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
Registro digital (IUS): 802816