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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802827
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Segunda Parte; Pág. 111
RAPTO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Segunda Parte; Pág. 111
Si el acusado se apoderó de la ofendida para satisfacer un deseo erótico sexual, engañándola con la promesa de matrimonio, que después se rehusó a cumplir, no sin haberla sustraído del ámbito del hogar para someterla a la autoridad controlada por él, hasta que la madre de la misma hubo de recogerla, es de concluirse que se integraron los elementos constitutivos del delito de rapto.
Precedentes
Amparo directo 711/57. Joaquín Ortega Aviña. 20 de marzo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.