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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802840
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Segunda Parte; Pág. 124
RIÑA. HOMICIDIO SIMPLE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Segunda Parte; Pág. 124
Resulta correcto el criterio de la autoridad sentenciadora, para estimar el delito como un homicidio simple, si se cometió cuando ya había cesado la voluntad consciente de los contendientes para causarse daño y la actitud de violencia de los mismos para el intercambio de golpes recíprocos, pues el hoy occiso ya se retiraba y daba la espalda al acusado cuando éste le disparó, causándole la muerte.
Precedentes
Amparo directo 187/57. Ernesto Cortés Nares. 18 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.