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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802860
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Quinta Parte; Pág. 39
CONFESION, VALOR PROBATORIO DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Quinta Parte; Pág. 39
La prueba confesional sólo tiene valor probatorio en cuanto perjudica a la parte que absuelve las posiciones que se le formulan, o en otros términos, sólo tiene validez en aquellos aspectos en que se reconoce la existencia de un hecho que interesa demostrar a la contraria.
Precedentes
Amparo directo 1871/57. María Dolores Santillán. 13 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.