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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
802872
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVII, Tercera Parte; Pág. 52

AGRARIO. EL AMPARO DEBE DIRIGIRSE CONTRA LA RESOLUCION PRESIDENCIAL QUE INCLUYE ENTRE LOS PREDIOS AFECTADOS AL QUE SE RECLAMA.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVII, Tercera Parte; Pág. 52

Precedentes

Amparo en revisión 256/68. Alejandro Santacruz González y otros. 22 de noviembre de 1968. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Amparo en revisión 4975/68. Manuel y María Villalón Zamora. 22 de noviembre de 1968. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Registro digital (IUS): 802872