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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802899
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Segunda Parte; Pág. 253
RETRACTACIÓN DE LOS TESTIGOS.
[J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Segunda Parte; Pág. 253
Las retractaciones sólo se admiten cuando, además de fundarse, estén demostradas las causas o fundamentos invocados.
Precedentes
Volumen I, página 87. Amparo directo 4169/55. José Balbastro Pacheco. 13 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Volumen II, página 111. Amparo directo 2117/56. Estela Ruiz Samayoa. 28 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Volumen III, página 150. Amparo directo 5555/56. Benjamín Herrera Cano. 11 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Volumen III, página 150. Amparo directo 5979/56. Rubén Briseño Lugo. 28 de septiembre de 1957. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen IV, página 120. Amparo directo 6125/56. Jesús Juárez Fuentes. 22 de octubre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.