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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802909
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Segunda Parte; Pág. 118
LESIONES, CUERPO DEL DELITO DE (LEGISLACION DE DURANGO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Segunda Parte; Pág. 118
El legislador adjetivo local, siguiendo lineamientos del Código de Procedimientos Penales vigente en el Distrito Federal, señala forma especial de comprobación del cuerpo del delito de lesiones, con el deliberado propósito de facilitar la tarea al aplicador del derecho, pero ello no es óbice para que, por cualesquiera medios indagatorias no reprobados por la ley, se logre el objetivo, toda vez que en el artículo 121 así lo establece.
Precedentes
Amparo directo 7198/56. Isaac González de la Cruz. 4 de septiembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.