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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802925
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Segunda Parte; Pág. 21
CONFESION CALIFICADA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Segunda Parte; Pág. 21
Si la confesión calificada está contrariada, no es admisible en su integridad, sino que es divisible y debe tomarse en cuenta en lo que perjudica al acusado y no así en lo que le beneficia, máxime si no hay elementos que apoyen el matiz con que produjo su confesión.
Precedentes
Amparo directo 3037/56. Raymundo Velázquez Orozco. 28 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.