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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802987
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Quinta Parte; Pág. 27
SALARIO, PRUEBA DEL MONTO DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Quinta Parte; Pág. 27
Si bien es cierto que la Cuarta Sala sostiene el criterio jurisprudencial de que en los casos de divergencia en las manifestaciones de la parte obrera y patronal respecto del salario percibido por el trabajador, corresponde a la parte patronal la prueba del monto respectivo por tener a su disposición los comprobantes liberatorios respectivos o poder aportar cualquier otra prueba para tal efecto, también lo es que, si dentro del juicio respectivo aparece algún hecho fehaciente que desvirtúe las pretensiones del trabajador, debe tomarse en cuenta.
Precedentes
Amparo directo 3393/61. Alfonso Vega Hernández. 5 de noviembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.