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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803008
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Cuarta Parte; Pág. 10
ARRENDAMIENTO. CAMBIO DE DESTINO DE LA FINCA ARRENDADA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Cuarta Parte; Pág. 10
Para que haya contravención a lo contratado, respecto al uso de la cosa arrendada que dé acción para la rescisión del contrato de arrendamiento, es necesario que el cambio del uso o destino de la cosa sea diferente, de manera radical, pues de no ser así, no se incurre en incumplimiento.
Precedentes
Amparo directo 7238/59. Carlos Zamora Sanvicente. 17 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Castro Estrada. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XXXIV, página 28. Amparo directo 3494/59. Rafael F. Rodríguez. 22 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Volumen XXI, página 9. Amparo directo 2895/58. Teresa Pérez. 13 de marzo de 1959. Mayoría de tres votos. Disidente: Manuel Rivera Silva. Ponente: José Castro Estrada.
Nota: En el Volumen XXXIV, página 28, y Volumen XXI, página 9, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO, CAMBIO DE DESTINO EN EL INMUEBLE OBJETO DEL.".