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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
803074
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Cuarta Parte; Pág. 104

ARRENDAMIENTO, MUERTE DE LOS CONTRATANTES.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Cuarta Parte; Pág. 104

Precedentes

Amparo directo 3921/59. Francisco Gallina M. 3 de marzo de 1960. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XXXI, página 21. Amparo directo 7251/58. Etel R. viuda de Shaderman y coagraviados. 7 de enero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Volumen XXIX, página 41. Amparo directo 397/59. María del Carmen Caso. 26 de noviembre de 1959. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Nota: En el Volumen XXXI, página 21, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO. MUERTE DEL ARRENDATARIO.".
Registro digital (IUS): 803074