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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
803088
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Cuarta Parte; Pág. 10

ACCIONES CONTRARIAS O CONTRADICTORIAS.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Cuarta Parte; Pág. 10

Precedentes

Amparo directo 435/59. Carlos López Chavarría. 20 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Sexta Época, Cuarta Parte: Volumen XXV, página 28. Amparo directo 3951/58. María del Carmen Ferrera Rentería. 24 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José López Lira. Volumen VIII, página 9. Amparo directo 2942/57. Amparo Luna Díaz. 13 de febrero de 1958. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. Volumen VIII, página 9. Amparo directo 1776/57. Rosario Cerda Canales y coagraviados. 13 de febrero de 1958. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen VIII, página 9. Amparo directo 5131/56. Marta Orozco viuda de Young. 13 de febrero de 1958. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen III, página 17. Amparo directo 2140/56. Prudencia Carrera Torres, sucesión de. 5 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo. Nota: En los Volúmenes XXV, VIII, y III, esta tesis aparece bajo el rubro "ACCIONES CONTRADICTORIAS.".
Registro digital (IUS): 803088