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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
803105
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 145

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. PROMOCIONES POSTERIORES AL LAPSO EN QUE OPERO.

[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 145

Precedentes

Amparo en revisión 10156/83. Ma. Elena del Socorro Vela Collantes. 10 de octubre de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Victoria Adato Green de Ibarra. Secretario: Raúl Melgoza Figueroa. Véanse: Séptima Epoca, Primera Parte: Volúmenes 139-144, página 59. Volúmenes 181-186, página 34. Tomo II, Primera Parte, página 145, bajo el rubro: "CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. PROMOCIONES PRESENTADAS CON POSTERIORIDAD AL LAPSO EN QUE OPERO.".
Registro digital (IUS): 803105