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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
803106
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 273

AGRAVIOS INOPERANTES SI COMBATEN UN AMPARO CONCEDIDO RESPECTO DE UNA LEY QUE NO FUE RECLAMADA NI FUE MATERIA DE LA SENTENCIA.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 273

Precedentes

Amparo en revisión 9381/83. Evangelina Franco de Ortiz. 16 de marzo de 1988. 5 votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretaria: Alma Leal Treviño. Nota: En el Informe de 1988, la tesis aparece bajo el rubro "AGRAVIOS INOPERANTES. LO SON LOS QUE COMBATEN UN AMPARO CONCEDIDO RESPECTO DE UNA LEY SI LA MISMA NO FUE RECLAMADA NI FUE MATERIA DE LA SENTENCIA.".
Registro digital (IUS): 803106