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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
803144
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 97

MENORES, AMPARO PROMOVIDO POR. SUPLENCIA DE LA QUEJA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 97

Precedentes

Amparo en revisión 447/79. Carolina Rodríguez Becerril y coagraviados. 26 de septiembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María de Lourdes Delgado Granados. Notas: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO PROMOVIDO POR MENORES, SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL.". Por ejecutoria de fecha 7 de febrero de 2003, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 91/2002 en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 803144