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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX. 102 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
803166
Clave de tesis
XX. 102 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 315

SALA ADMINISTRATIVA. TIENE LA OBLIGACION DE DAR RESPUESTA A TODOS LOS AGRAVIOS FORMULADOS EN CONTRA DE LA RESOLUCION EMITIDA POR LA AUTORIDAD DEMANDADA (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 315

Precedentes

Amparo directo 338/93. Alquiladora de Casas, S. A. de C. V., por conducto de su apoderado legal Gustavo Guevara Herrera. 1o. de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Santiago. Secretario: Stalin Rodríguez López.
Registro digital (IUS): 803166