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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.6o.T. 539 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
803168
Clave de tesis
I.6o.T. 539 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 217

DOCUMENTOS PROVENIENTES DEL PATRON, CORRESPONDE AL MISMO ACREDITAR LAS OBJECIONES A LOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 217

Precedentes

Amparo directo 3316/93. Gustavo Heberto Núñez. 14 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretaria: María Marcela Ramírez Cerrillo. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.6o.T. J/32, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, agosto de 2000, página 1060, de rubro: "DOCUMENTOS PROVENIENTES DEL PATRÓN, CORRESPONDE AL MISMO ACREDITAR LAS OBJECIONES A LOS."
Registro digital (IUS): 803168