Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/803169
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.2o. 547 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 803169
- Clave de tesis
- VI.2o. 547 P
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 137
CAREOS, INTRODUCCION DE NUEVAS APRECIACIONES EN LOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 137
La finalidad de los careos es la obtención de la verdad o al menos la búsqueda a partir de las declaraciones originales y concretamente de la discusión de los puntos desacordes o contradictorios, pero no tienen por objeto que en su desahogo se introduzcan nuevas apreciaciones que no fueron relatadas inicialmente.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 129/91. Galdino Mirón López. 7 de mayo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Nelson Loranca Ventura.