Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/803187
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803187
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Quinta Parte; Pág. 38
TRABAJADOR SINDICALIZADO, PRUEBA DE SU CALIDAD DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Quinta Parte; Pág. 38
Si un trabajador acreditó que ha prestado sus servicios de orden temporal a una empresa a propuesta del sindicato demandado, que ha cubierto las cuotas sindicales durante los periodos de prestación de servicios y que no le es imputable el hecho de no aparecer inscrito en los registros correspondientes, no justifica que una Junta de Conciliación y Arbitraje estime que un trabajador no probó su calidad de sindicalizado, que invocó como hecho que fundamente la acción que ejercitó en contra de un sindicato consistente en el reconocimiento de su derecho a ser propuesto como trabajador de planta a la empresa respectiva.
Precedentes
Amparo directo 3385/60. Jesús Molina Rojas. 2 de julio de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.