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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
803201
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CII, Quinta Parte; Pág. 85

JUBILACION, ES IMPRESCRIPTIBLE EL DERECHO A LA.

[J]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CII, Quinta Parte; Pág. 85

Precedentes

Quinta Epoca: Tomo CXXIV, página 729. Amparo directo 3143/54. López Martínez Zeferino. 3 de junio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Guzmán Neyra. La publicación no menciona el nombre del ponente. Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen VIII, página 114. Amparo directo 1722/57. Félix Hernández Navarro. 13 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo. Volumen XXVIII, página 124. Amparo directo 1033/59. Ferrocarriles Nacionales de México. 22 de octubre de 1959. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame. Volumen CI, página 27. Amparo directo 1917/63. Ferrocarriles Nacionales de México. 29 de noviembre de 1965. Cinco votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio. Volumen CII, página 43. Amparo directo 8292/45. José Trinidad López. 23 de noviembre de 1950. Mayoría de cuatro votos. Ponente. Hermilo López Sánchez. Nota: En el Tomo CXXIV, página 729, la tesis aparece bajo el rubro "JUBILACION, EL DERECHO A ELLA ES IMPRESCRIPTIBLE (TRABAJADORES FERROVIARIOS).". En el Volumen VIII, página 114, la tesis aparece bajo el rubro "JUBILACION, EL DERECHO A OBTENERLA ES IMPRESCRIPTIBLE.". En el Volumen XXVIII, página 124, la tesis aparece bajo el rubro "JUBILACION, IMPRESCRIPTIBILIDAD DEL DERECHO A LA.".
Registro digital (IUS): 803201