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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
803209
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 162

AGRARIO. EJECUCION INDEBIDA DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. REQUISITOS DE LOS DICTAMENES PERICIALES.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 162

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 163-168, página 27. Amparo en revisión 5950/81. Guillermo Buenrostro y otros. 29 de julio de 1982. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volúmenes 163-168, página 27. Amparo en revisión 5036/81. Esther Gil Genel y otros. 11 de noviembre de 1982. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: José Javier Aguilar Domínguez. Volúmenes 175-180, página 17. Amparo en revisión 952/83. Agustín Rodolfo Mánica Cadó y otro. 27 de julio de 1983. Cinco votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Secretario: María del Carmen Torres Medina. Volúmenes 181-186, página 23. Amparo en revisión 629/83. Fernando Rodríguez Piña y otros. 9 de abril de 1984. Cinco votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Volúmenes 205-216, página 162. Amparo en revisión 9495/84. Martín González Blackaller y otros. 10 de septiembre de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Atanasio González Martínez. Nota: En el Informe de 1986, en el Apéndice de 1917-1988, y en el Apéndice de 1917-1995, la tesis aparece bajo el rubro "EJECUCION INDEBIDA DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. REQUISITOS DE LOS DICTAMENES PERICIALES.". Esta tesis también aparece en el Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Tercera Parte, Volúmenes, 199-204, página 81 (jurisprudencia con precedentes diferentes).
Registro digital (IUS): 803209