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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
803238
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XCI, Cuarta Parte; Pág. 17

SENTENCIA CONDENATORIA. PLAZO DE GRACIA PARA CUMPLIRLA. (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XCI, Cuarta Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo directo 3347/62. Lucila Molina de Acona. 18 de enero de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Registro digital (IUS): 803238