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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803252
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Tercera Parte; Pág. 58
PATENTES, PERITAJES PARA RESOLVER SOBRE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Tercera Parte; Pág. 58
El director general de la Propiedad Industrial no tiene por que acudir a peritos designados por las partes, para que lo ilustren tocante a cuestiones referentes a patentes, porque la encomienda que le da la ley para que las resuelva, obedece a ser experto en ellas. Esto es, que así como un Juez no requiere el auxilio de peritos en el conocimiento del derecho que debe aplicar, sino que cabalmente por tener esa pericia se le confirió el cargo, también así la designación del director general de la Propiedad Industrial obedece al reconocimiento de su pericia para decidir cuestiones sobre patentes.
Precedentes
Amparo en revisión 3395/58. Abdiel Vega Vela. 27 de junio de 1963. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen CXVI, página 57, tesis de rubro "INDUSTRIA Y COMERCIO, SECRETARIA DE. NO TIENE OBLIGACION DE ACUDIR A PERITOS EXTRAÑOS A ELLA.".
Volumen CXXIV, página 60, tesis de rubro "PATENTES, PERITAJES PARA RESOLVER SOBRE.".