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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803256
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Cuarta Parte; Pág. 11
ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL, PARA OCUPAR EL DUEÑO DE LA FINCA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Cuarta Parte; Pág. 11
Cuando el propietario ha justificado la necesidad de habitar en su casa arrendada, y ésta es de varios departamentos tiene derecho a elegir en cual de ellos ha de vivir, y no es al inquilino a quien corresponde escoger lo. Por tanto, la circunstancia de que en el edificio de la propiedad de la actora existan o no departamentos desocupados al momento de formular su demanda, no invalida su derecho aludido.
Precedentes
Amparo directo 4759/59. Irma Couttolenc de Elizondo. 1 de marzo de 1961. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen VIII, página 44. Amparo directo 499/57. Manuel de la Torre Laurencio. 28 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.