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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803263
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 50
CHEQUES SIN FONDOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 50
La circunstancia de que con posterioridad a la denuncia se haya pagado en su totalidad el documento, únicamente afecta a la reparación del daño, que ha sido cubierta, motivando la absolución por este capítulo, pero no se desvirtúa la realización del delito.
Precedentes
Amparo directo 5675/56. Víctor Manuel Bueno Gutiérrez. 17 de octubre de 1957. Mayoría de tres votos. Disidente: Rodolfo Chávez Sánchez. Ponente: Carlos Franco Sodi.