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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803322
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Quinta Parte; Pág. 39
CONTRATO DE TRABAJO, INEXISTENCIA DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Quinta Parte; Pág. 39
Si en el caso quedó debidamente acreditado con la propia confesión de los actores, que fueron enviados por el sindicato a la negociación demandada con el carácter de ayudantes; que prestaban sus servicios personales y directos a la clientela, a cambio de propinas y que no existió una remuneración o salario por parte del propietario de la negociación, en virtud de la inexistencia de los elementos característicos del contrato de trabajo, la absolución de los demandados al cumplimiento de un contrato que no existía, no puede estimarse violatoria de garantías y siendo infundados los conceptos de violación hechos valer, procede la negativa del amparo.
Precedentes
Amparo directo 1523/59. Maximino Juárez y coagraviados. 29 de junio de 1959. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.