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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803323
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Quinta Parte; Pág. 112
PROBIDAD, RESCISIÓN POR FALTAS DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Quinta Parte; Pág. 112
Para que las faltas de probidad constituyan causa justificada para la rescisión del contrato de trabajo, no se hace indispensable que previamente se declare penalmente la culpabilidad del trabajador.
Precedentes
Amparo directo 1985/58. Paz Huitrón viuda de García. 23 de febrero de 1959. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.