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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803330
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Quinta Parte; Pág. 140
SALARIOS CAIDOS, CONDENA AL PAGO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Quinta Parte; Pág. 140
Si la empresa, por la naturaleza de su defensa, o sea negando la relación contractual, no pudo y de hecho no negó haber despedido al trabajador, y la Junta condenó al pago de salarios caídos por el tiempo que el actor debió estar trabajando, tomando en cuenta que su contratación había sido por obra determinada, no se advierte violación alguna en perjuicio de la demandada.
Precedentes
Amparo directo 7937/58. Almacenes Monterrey, S. A. 2 de octubre de 1959. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.