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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803346
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 126
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO LABORAL, QUE SE EQUIPARA AL DESPIDO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 126
No habiéndose precisado el plazo por el que se suspendieron los efectos del contrato de trabajo del actor, tal suspensión por tiempo indefinido se equipara al despido, toda vez que, de no entenderse así, el regreso del trabajador a su empleo dependería exclusivamente del sindicato que solicitó del patrón dicha suspensión, lo que pugna con el principio contenido en el artículo 123 constitucional, según el cual los trabajadores no pueden ser separados de sus empleos sino por causa justa. Por otra parte, no se justifica la suspensión de los derechos sindicales del actor en los términos en que fue decretada, o sea hasta en tanto resolviera sobre su situación la comisión de honor y justicia del sindicato, pues en esta forma la propia organización podría prolongar indefinidamente la suspensión, por depender de la misma la realización de la condición resolutoria impuesta.
Precedentes
Amparo directo 1583/58. Raúl Cervantes F. 24 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.