Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/803436
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
803436
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Cuarta Parte; Pág. 56

ARRENDAMIENTO, LAS ACCIONES DE TERMINACION Y RESCISION DEL CONTRATO, NO SON CONTRADICTORIAS.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Cuarta Parte; Pág. 56

Precedentes

Amparo directo 4458/61. José Rubio Acero. 17 de agosto de 1962. Unanimidad de cinco votos en cuanto al primer punto resolutivo y por mayoría de cuatro votos en cuanto al segundo punto. Disidente: Rafael Rojina Villegas. Ponente: Mariano Azuela.
Registro digital (IUS): 803436