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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803438
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Cuarta Parte; Pág. 83
ARRENDAMIENTO, PRUEBA DE LA CESIÓN, SUBARRENDAMIENTO O TRASPASO DEL.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Cuarta Parte; Pág. 83
No puede exigirse, según lo ha declarado reiteradamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que se demuestre mediante prueba documental la cesión, subarrendamiento o traspaso, porque es lógico que en gran número de casos no se otorgue ningún convenio por escrito, precisamente porque la celebración del mismo constituye violación del contrato de arrendamiento, por lo que es bastante establecer presunciones fundadas.
Precedentes
Amparo directo 1561/61. Carlos Pacheco. 17 de agosto de 1962. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.