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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803451
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIX, Cuarta Parte; Pág. 9
ACCION REIVINDICATORIA, LA NULIDAD Y CANCELACION DE INSCRIPCIONES NO SON ACCESORIA DE LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIX, Cuarta Parte; Pág. 9
No es verdad que las acciones de nulidad y cancelación de las inscripciones sean accesorias de la reivindicatoria, sino que, por el contrario, precisamente porque son nulos los títulos del demandado, a causa de los vicios congénitos de que adolecen, es por lo que queda incólume y deviene eficaz el título de propiedad de la reivindicante.
Precedentes
Amparo directo 6304/60. María de Mérida de Rodríguez. 28 de marzo de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.