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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803503
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 631
ROBO, FRUTOS VEGETALES CONSIDERADOS BIEN MUEBLE COMO ELEMENTO DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 631
Las leguminosas pertenecen al inmueble, conforme a la ficción civil, hasta en tanto se encuentren vinculadas a la tierra que les dio origen, pero inmediatamente que son cortadas del tallo que las sustentaba, para los fines penales se conceptúa que adquirieron el carácter de bienes muebles, es decir, movilizables por aplicación de fuerzas extrañas al ser recolectadas por el acusado.
Precedentes
Amparo directo 759/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1o. de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.