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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803523
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XLI, Primera Parte; Pág. 174
COMPRAVENTA, COMPETENCIA SURGIDA CON MOTIVO DE LA.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XLI, Primera Parte; Pág. 174
Si de los términos del contrato de compraventa no se expresó concretamente el lugar designado para el cumplimiento del mismo contrato, es decir, no se emplean los términos de la fracción II del artículo 1104 del Código de Comercio, pero de la simple lectura del contrato se desprende el lugar donde debía cumplirse, y el cumplimiento del contrato respecto al comprador consiste en recibir la mercancía en los términos estipulados y pagar su precio, y en el contrato consta que el objeto comprado se recogería en el almacén de la compañía vendedora, y el pago se haría en el lugar donde opera ésta, se concluye que sí se designó donde debería el comprador cumplir las obligaciones emanadas del contrato de compraventa, y así es incuestionable que el juzgado competente para conocer del juicio es el del domicilio del vendedor y no del comprador.
Precedentes
Competencia civil 144/45. Suscitada entre el Juez Sexto de lo Civil de la Ciudad de México y Juez Segundo de Primera Instancia de Orizaba. 8 de noviembre de 1960. Unanimidad de quince votos. Ponente: José López Lira.