Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/803526
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803526
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 649
RIÑA, MODIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 649
Tal estimativa supone recambio de acciones potencialmente lesivas entre los adversarios y a la que precede el ánimo de reñir por parte de los mismos, siendo, por tanto, las acciones así desplegadas igualmente antijurídicas.
Precedentes
Amparo directo 547/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.