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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803534
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 654
ROBO, COAUTORIA EN EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 654
Cuando la intervención del acusado quedó limitada al hecho de dar protección a los agentes materiales del delito de robo, consistente en ponerlos sobre aviso, para que no pudieran ser sorprendidos por el ofendido o por los órganos del Estado, debe concluirse, como lo hizo la responsable, que es culpable del delito, en los términos del artículo 13 fracción III del código aplicable, por cooperar en su ejecución.
Precedentes
Amparo directo 3872/55, Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.