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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803542
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 657
LEGITIMA DEFENSA Y EXCESO EN ELLA, NO SON ADMISIBLES EN LOS CASOS DE RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 657
Si la autoridad responsable clasificó correctamente el delito al considerarlo como perpetrado en riña, tal circunstancia excluye la causa exculpante de defensa legítima y el exceso en ella, habida cuenta de que la primera supone dos agresiones igualmente ilícitas; en tanto que éstas la objetividad de la violencia por parte del que se defiende no es agresión, sino rechazo.
Precedentes
Amparo directo 5018/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.