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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803551
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXIV, Primera Parte; Pág. 32
AYUNTAMIENTOS, CERTIFICACIONES DE LOS, PARA PROBAR EL DOMICILIO.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXIV, Primera Parte; Pág. 32
Esta Suprema Corte ha resuelto que los certificados expedidos por los Ayuntamientos no justifican el domicilio, a no ser que en ellos conste la razón en la que se funden.
Precedentes
Competencia 69/60. Suscitada entre los Jueces Tercero de lo Civil de la Ciudad de México, Distrito Federal y el Sexto de lo Civil y de Hacienda de la Ciudad de Guadalajara, Jalisco. 9 de octubre de 1962. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Mariano Azuela.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XXV, Cuarta Parte, página 192, tesis de rubro "PRESIDENTES MUNICIPALES. INEFICACIA DE SUS CERTIFICACIONES PARA ACREDITAR LA AUSENCIA O LA RESIDENCIA DE UNA PERSONA EN TAL O CUAL POBLACION.".