Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/803563
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803563
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 732
TESTIGOS HABILES EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 732
La circunstancia del parentesco de los testigos de cargo y la de que uno de ellos sea menor de edad, no son obstáculo para que su dicho pueda ser tomado en consideración, puesto que la ley no los establece como impedimento al respecto y porque la edad de doce años del menor es suficiente para poderse percatar de los hechos y su trascendencia.
Precedentes
Amparo directo 2417/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.