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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803569
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 757
DELITOS CULPOSOS, TORPEZA, IMPRUDENCIA O IMPREVISION, GENERADORAS DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 757
La torpeza, imprudencia o imprevisión en cuanto generadora de los delitos culposos, no debe ser provocada por un estado de embriaguez, sino producirse en el estado normal del delincuente, atentas las características de imprevisión, negligencia, imprudencia, falta de reflexión o de cuidado que se exigen como causantes del daño imprudencial.
Precedentes
Amparo directo 2203/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 7 de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.