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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
803591
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CIX, Cuarta Parte; Pág. 45

CONCEPTOS DE VIOLACION. DEBEN REFERIRSE A LA TOTALIDAD DE LOS ARGUMENTOS LEGALES EN QUE SE APOYA LA SENTENCIA RECLAMADA.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CIX, Cuarta Parte; Pág. 45

Precedentes

Amparo directo 5435/62. Manuel Palafox. 4 de julio de 1966. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen LXIV, página 26. Amparo directo 8826/61. Maximino Salgado Rivero. 22 de octubre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen LXIV, página 26. Amparo directo 4100/61. Ramón Rivera Vázquez. 1 de octubre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Volumen LXII, página 87. Amparo directo 6612/58. Luis Castillo Hernández. 27 de agosto de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Volumen XXXIII, páginas 101 y 121. Amparo directo 1710/59. Manuel Corro y Arenas y coagraviado. 28 de marzo de 1960. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gabriel García Rojas. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Nota: En el Volumen LXIV, página 26, esta tesis aparece bajo el rubro "CONCEPTOS DE VIOLACION. SON INOPERANTES SINO ATACAN LOS FUNDAMENTOS DEL FALLO RECLAMADO.".
Registro digital (IUS): 803591