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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
803631
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIV, Cuarta Parte; Pág. 16

FALSEDAD DE UN DOCUMENTO DE INFLUENCIA NOTORIA EN EL PLEITO. LA SENTENCIA PENAL DEBE SER TOMADA EN CUENTA EN EL JUICIO CIVIL.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIV, Cuarta Parte; Pág. 16

Precedentes

Amparo directo 7452/64. Modesta Román Salgado, sucesión. 5 de diciembre de 1966. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. Quinta Epoca: Suplemento de 1956, página 232. Amparo directo 3099/50. Irineo González. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 803631