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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803639
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 792
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, INCIDENTE DE SUSPENSION OFRECIDO COMO PRUEBA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 792
Si las autoridades responsables negaron en sus informes el haber ordenado o tratado de ejecutar la detención del inculpado y aun cuando ésta ofreció la prueba documental consistente en todo lo actuado en el incidente de suspensión relativo, especialmente la declaración de los testigos que obra en el mismo, esta última prueba, obrando en un expediente que se tramita con absoluta independencia del principal debió ser allegada a la audiencia constitucional en copia certificada deducida de las constancias respectivas, por lo que no habiendo aportado en ésta, prueba alguna conducente a desvirtuar la negativa de los informes de los responsables, debe tenerse por inexistente el acto reclamado en los términos de la fracción IV del artículo 74 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 8730/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de enero de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.