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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
📌 Nota del SJF sobre vigencia
Nota: En el Volumen XXXIV, página 95 esta tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, NECESIDAD DE ACREDITAR LA FECHA DE SEPARACION CUANDO SE ALEGA EL ABANDONO, COMO CAUSAL DE.".
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803660
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIX, Cuarta Parte; Pág. 40
DIVORCIO, ABANDONO DEL HOGAR CONYUGAL COMO CAUSAL DE. NECESIDAD DE ACREDITAR LA FECHA DE SEPARACION.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIX, Cuarta Parte; Pág. 40
Si no se acreditó la fecha de la separación, no se puede determinar si la misma duró seis meses consecutivos.
Precedentes
Amparo directo 1693/97. Margarita Blancas Brindis de García. 20 de marzo de 1968. Cinco votos. Ponente: Ernesto Solís López.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen CXXVII, página 17. Amparo directo 636/67. Delfino Rayas Rodríguez. 26 de enero de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís López.
Volumen XXXIV, página 95. Amparo directo 3588/59. Olga Guillermina Peña. 20 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Nota: En el Volumen XXXIV, página 95 esta tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, NECESIDAD DE ACREDITAR LA FECHA DE SEPARACION CUANDO SE ALEGA EL ABANDONO, COMO CAUSAL DE.".