Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/803660
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: En el Volumen XXXIV, página 95 esta tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, NECESIDAD DE ACREDITAR LA FECHA DE SEPARACION CUANDO SE ALEGA EL ABANDONO, COMO CAUSAL DE.".

Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
803660
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIX, Cuarta Parte; Pág. 40

DIVORCIO, ABANDONO DEL HOGAR CONYUGAL COMO CAUSAL DE. NECESIDAD DE ACREDITAR LA FECHA DE SEPARACION.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIX, Cuarta Parte; Pág. 40

Precedentes

Amparo directo 1693/97. Margarita Blancas Brindis de García. 20 de marzo de 1968. Cinco votos. Ponente: Ernesto Solís López. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXXVII, página 17. Amparo directo 636/67. Delfino Rayas Rodríguez. 26 de enero de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís López. Volumen XXXIV, página 95. Amparo directo 3588/59. Olga Guillermina Peña. 20 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Nota: En el Volumen XXXIV, página 95 esta tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, NECESIDAD DE ACREDITAR LA FECHA DE SEPARACION CUANDO SE ALEGA EL ABANDONO, COMO CAUSAL DE.".
Registro digital (IUS): 803660