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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803701
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 835
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 835
La legítima defensa no únicamente procede cuando se trata de un delito grave, sino de un peligro inminente. Y es indudable que es un peligro inminente que causa perjuicio a toda persona el ser capturado, cuando la policía no actúa dentro del ejercicio correcto de sus funciones, y se ejecuta un acto de captura, no tratándose de un delito flagrante, pues en este supuesto cualquier particular puede capturar al responsable.
Precedentes
Amparo directo 1069/53. Por acuerdo de la primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 25 de septiembre de 1954. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.