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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803718
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 454
ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES POR SOCIEDADES MERCANTILES. LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ES AUTOAPLICATIVA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 454
El artículo 24 de la Ley del Impuesto sobre la Renta señala con precisión a los sujetos que son causantes del impuesto en cédula I, esto es, las sociedades mercantiles que celebran contratos de arrendamiento de bienes inmuebles y, además, ordena que se hagan pagos provisionales de dicho impuesto, que no son otra cosa que anticipos del mismo. En esta situación, es claro que la Ley del Impuesto sobre la Renta debe estimarse como autoaplicativa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3390/54. "Inversiones Sani-Mex". 14 de julio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rivera Pérez Campos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.