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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803735
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen IX, Primera Parte; Pág. 71
OBRAS DEL GOBIERNO FEDERAL EJECUTADAS POR CONTRATISTAS (COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO).
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen IX, Primera Parte; Pág. 71
La circunstancia de que una empresa celebre un contrato con el Gobierno Federal, para la construcción de determinada obra, y que con relación a tal contrato tome a su servicio a un trabajador, no puede dar jurisdicción a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para conocer de la reclamación que éste haga a tal empresa, ya que la acción ejercitada por ese obrero emana de un contrato celebrado entre ambas partes, sin que el Gobierno Federal haya tenido intervención en el mismo.
Precedentes
Competencia 39/49. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Sonora y el Grupo Especial Número Nueve de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. 18 de marzo de 1958. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Mario G. Rebolledo.
Sexta Epoca, Primera Parte:
Volumen II, página 32. Competencia 55/49. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Sonora y la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Nueve. 6 de enero de 1957. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen V, Primera Parte, página 87, tesis de rubro "OBRAS DEL GOBIERNO FEDERAL EJECUTADAS POR CONTRATISTAS (COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO).".