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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803779
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1505
TITULOS DE CREDITO, ALTERACION DE LOS (PAGARES MERCANTILES).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1505
El artículo 13 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito previene: "En caso de alteración del texto de un título, los signatarios posteriores a ella se obligan según los términos del texto alterado, y los signatarios anteriores, según los términos del texto original. Cuando no se pueda comprobar si una firma ha sido puesta antes o después de la alteración, se presume que lo fue antes". El anterior texto contempla dos hipótesis en las cuales ha existido voluntad cambiaria, pero no aquella en que se niega la existencia de esa voluntad cambiaria, y se asegura que el obligado no suscribió un pagaré mercantil.
Precedentes
Amparo civil directo 162/55. González Mejía Guillermo E. 17 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hilario Medina.