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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803805
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 142
SEGURO SOCIAL. AMPARO CONTRA EL REGLAMENTO DE CLASIFICACION DE EMPRESAS Y GRADOS DE RIESGO PARA EL SEGURO DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES (ACTOS NO CONSENTIDOS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 142
El consentimiento del Reglamento de Clasificación de Empresas y Grados de Riesgo par el Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales, anterior al que se reclama en el amparo, no implica el consentimiento de éste, aun cuando sus términos sean semejantes, ya que los actos son distintos y la Ley del Seguro Social prevé que pueden variar las circunstancias al establecer que cada tres años o cuando las condiciones existentes en las empresas lo hicieren nuevo reglamento debe basarse en las condiciones existentes en las fechas más próximas.
Precedentes
Amparo de trabajo en revisión 3484/54. Clemente Jacques y Compañía, S.A., y coags. 14 de abril de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agapito Pozo.