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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 803819
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 170
ROBO Y FRAUDE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 170
El robo de uso y el fraude se distinguen por cuanto en el primero, el apoderamiento es elemento privativo integrante de ese delito, esto es, el agente activo va directamente al objeto y lo substrae de la esfera de disposición del sujeto pasivo, sin contar con su anuencia, en tanto que en el fraude, el sujeto activo obtiene el objeto o el provecho, mediante la actitud engañosa que origina en la víctima la entrega mediante la subyugación de su voluntad o la inducción a error.
Precedentes
Amparo penal directo 5585/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de abril de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.